Control horario laboral. Nueva normativa
Registro de la jornada laboral de trabajadores
El pasado 8 de marzo, se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 8/2019, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo.
En el artículo 34 del estatuto de los trabajadores cita:
“…la empresa garantizará el registro diario de la jornada de cada trabajador, incluyendo la hora de inicio y final de la jornada. Estos registros deberán ser conservados durante 4 años, y estarán a disposición tanto de los trabajadores como de los inspectores de la seguridad social”
